La existencia de cláusulas suelo y el comportamiento de la banca

existencia de cláusulas suelo

¿Como están respondiendo los bancos ante las reclamaciones del dinero pagado de más por la existencia de cláusulas suelo?

Tras la Sentencia de Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 21 de Diciembre de 2016, y ante la perspectiva de reclamaciones en masa contra la banca por la declaración contenida en esa Sentencia sobre la retroactividad completa de los importes pagados por las cláusulas suelo, el gobierno, se apresuró a promulgar un Real Decreto Ley 1/2017 a fin de proteger a los consumidores y conseguir el pronto cobro de esas cantidades.

Pero la realidad que ocultaba esa Ley era otra, en definitiva amparaba a la banca, al establecer un procedimiento extrajudicial, que no convertía en obligatorio, pero si lo adornaba de virtudes que en la realidad obligaba a acudir a él con carácter previo a la reclamación judicial. Reclamación judicial que por otro lado se estaba creando expectativas de que iba a ser innecesaria por qué los bancos devolverían el dinero cobrado de más por las cláusulas suelo.

Y es aquí donde el voluntarismo de la Ley choca con la dura realidad, pues el objetivo conseguido con el decreto ha sido esencialmente enfriar el ánimo de litigar en los consumidores, pues al establecer tres meses para la resolución de la reclamación, más un mes de gracia para organizar los departamentos, que ninguno ha llevado a cabo, ha conseguido ese esperado enfriamiento, seguido de cierto desanimo y confusión entre los consumidores por las noticias contradictorias manifestadas por esas entidades y filtradas de manera interesada.

Dependiendo de la respuesta de los bancos los consumidores nos podemos encontrar con dos situaciones distintas y tanto en una como en otra tenemos que actuar y tomar decisiones para salvaguarda nuestros intereses.

1ª Los bancos no están dando respuesta a las reclamaciones del dinero pagado de más por la existencia de cláusulas suelo en las hipotecas

La realidad, más de tres meses después de que se dictara la sentencia del TSJUE es que son escasas las devoluciones, y la mayoría  están siendo por resoluciones judiciales en virtud de reclamaciones presentadas hace años. La realidad es que los bancos no están dando respuesta a esas reclamaciones por existencia de cláusula suelo, por lo que tácitamente se van a entender rechazadas masivamente las reclamaciones efectuadas, eso sí, tras conseguirse el objetivo de enfriar las esperanzas de millones de consumidores.

2ª Los bancos pueden cometer abusos ante la devolución de lo pagado de más por la existencia de cláusulas suelo

Hemos de admitir que el problema planteado con las cláusulas suelo es una fuente inagotable de noticias jurídicas. Todos los días nos encontramos con noticias que nos llevan a advertir de que debemos tomar muchas cautelas, para evitar, que la devolución del dinero pagado por lo cobrado de más como consecuencia de la aplicación de las cláusulas suelo, se convierta en un nuevo abuso de la banca.

La actitud de las entidades bancarias ante las reclamaciones formuladas por los consumidores al amparo del Real Decreto Ley 1/2017 en contraposición con lo expuesto anteriormente que era no responder, puede ser dar respuesta pero, “ OJO” con la respuesta. Frente a la buena fe de los ciudadanos acudiendo al procedimiento extrajudicial previsto en el citado real decreto, las entidades bancarias, siguiendo con el comportamiento, ya mantenido durante años, han optado por continuar con su comportamiento abusivo, y ante las necesidades económicas de los ciudadanos, intentan obtener ventajas de esta situación económica, para lo cual, están ofertando a los consumidores que les han reclamado por el cobro de más por la existencia de cláusulas suelo, cantidades inferiores a las que les corresponderían cobrar, precisamente, por ser la situación de estos precaria, y necesitar dinero.

Por ese motivo, lo que se impone, es que si los bancos no responden a las reclamaciones planteadas, a partir del 22 de Mayo de 2017, en que se cumple el periodo de gracia de tres meses concedido a la banca, comencemos a plantear las demandas contra la banca sin más demora. Y en el caso de que el banco responda ante la reclamación, antes de aceptar ninguna oferta aconsejamos a nuestros clientes que nos consulten pues si las cantidades no son las correctas, se podrán rechazar, y al condenar el juez a cantidades mayores, se impondrán, por imperativo legal, las costas del procedimiento al banco, amén de que nuestros clientes recibirán el dinero que les corresponde, al no permitir un nuevo engaño por parte del banco.

Para reclamar la devolución de las cantidades pagadas de más por la existencia de cláusulas suelo en tu hipoteca puedes consultar a nuestros abogados especialistas en derecho bancario y cláusula suelo en Sevilla. Recuerde que nuestras consultas son gratuitas y te asesoraremos para que recuperes todo el dinero pagado de más.

 

Fdo. Félix Etayo Jarén

Abogado Socio Director

 

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